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Decreto de 6 de abril de 1943 por el que se aprueba el Regla · Decreto de 6 de abril de 1943 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesca Fluvial de 20 de febrero de 1942.

Decreto de 6 de abril de 1943 por el que se aprueba el Regla Art. 21

CAPÍTULO I

Van krachtOfficiële tekst

Art. 21. Aguas fecales.

En relación con los vertimientos procedentes de alcantarillados públicos los Ayuntamientos deberán extremar sus precauciones para evitar en lo posible que se originen daños a la riqueza piscícola. Las industrias usuarias de las redes de alcantarillado público quedan obligadas a cumplir y aplicar las disposiciones generales contenidas en los precedentes artículos del presente Reglamento.

Wijzigingsgeschiedenis
  • Vigente desde 1966-09-30