Rechtsbibliotheek en dossieranalyse · Oostenrijk · België · Europese Unie
LAWxPERT Aanmelden Gratis account

Decreto 2177/1967 · Decreto 2177/1967, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Cobertura de Riesgos Nucleares.

Decreto 2177/1967 Art. 8

Sección 1

Van krachtOfficiële tekst

Art. 8.

El explotador será responsable de los daños nucleares indemnizables en caso de accidente, ya se encuentren las sustancias nucleares en el lugar de su explotación, ya fuera de él, conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

Se entenderá por lugar de explotación el espacio que ocupe una instalación nuclear.