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Real Decreto 2826/1980 · Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

Real Decreto 2826/1980 Art. 24

CAPÍTULO V

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Artículo 24.

Las citaciones para Asamblea General se harán siempre por circular, en la qua constara el orden del día a tratar y el carácter ordinario o extraordinario de la reunión. Serán firmadas por el secretario y expresarán claramente el lugar de reunión, el día y la hora. Se enviarán al domicilio de los colegiados con antelación mínima de quince días a la celebración de la Asamblea, salvo que en dicha reunión deban celebrarse elecciones, en cuyo caso el plazo será de treinta días.