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Ley 1/2012 · Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.

Ley 1/2012 Art. 20

CAPÍTULO IV

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 20. Presupuesto y régimen contable.

1. La Autoridad Vasca de la Competencia elaborará y aprobará con carácter anual el correspondiente anteproyecto de presupuesto y lo remitirá al Gobierno Vasco para que sea integrado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con la legislación reguladora del régimen presupuestario de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2. El presupuesto de la Autoridad Vasca de la Competencia se regirá por lo que dispongan la normativa reguladora de los organismos autónomos administrativos, la reguladora de sus finanzas públicas y las sucesivas leyes de presupuestos.

3. Será de aplicación a la Autoridad Vasca de la Competencia el plan de contabilidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.