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Orden JUS/3/2018 · Orden JUS/3/2018, de 5 de enero, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la segunda fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal, y se modifica la Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase.

Orden JUS/3/2018 Art. 4

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 4. Centro de destino.

Las oficinas fiscales se constituyen estructuralmente en una única unidad. A efectos de las relaciones de puestos de trabajo, se entiende por centro de destino cada una de las Fiscalías de Comunidad Autónoma, Provinciales, de Área o Secciones Territoriales de Fiscalía.