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Decreto Legislativo 1/2001 · Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

Decreto Legislativo 1/2001 Art. 89

CAPÍTULO XIII

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 89. Prescripción de faltas y sanciones. Inscripción en Registro General de Personal.

1. Las faltas muy graves prescribirán a los seis años, las graves a los dos años y las leves al mes.

2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los seis años, las graves a los dos años y las leves al mes.

3. Las faltas y sanciones, así como sus cancelaciones, se inscribirán en el Registro General de Personal.