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Ley 15/1999 · Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.

Ley 15/1999 ст. 105

TÍTULO VIII

ДействуетОфициальный текст

Artículo 105. Estatuto personal.

1. El nombramiento para el cargo de Defensor del Cliente tendrá una duración de cuatro años, prorrogable por un período único de igual duración.

2. El Defensor del Cliente cesará en el ejercicio de su cargo por alguna de las causas siguientes:

a) Finalización del período para el que fue elegido.

b) Pérdida de los requisitos que condicionan su elegibilidad.

c) Renuncia.

d) Por acuerdo del Parlamento de Andalucía adoptado a propuesta del Consejo General de la Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía, o de oficio, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

3. El nombramiento del nuevo Defensor del Cliente se realizará en el plazo máximo de dos meses desde el cese del anterior.

4. El ejercicio de las funciones del Defensor del Cliente será retribuido.