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Ley 3/2003 · Ley 3/2003, de 13 de marzo, sobre participación institucional de los agentes sociales más representativos.

Ley 3/2003 ст. 4

ДействуетОфициальный текст

Artículo 4. Contenido de la participación.

La Junta de Extremadura, bien a través de los órganos e instituciones de participación socioeconómicos ya contemplados en el ordenamiento jurídico autonómico, bien a través de mesas o foros específicos de negociación o concertación socioeconómica, hará efectiva la participación, sometiendo a consideración de los Agentes Sociales más representativos los siguientes instrumentos de planificación de la actuación política:

Planes de Desarrollo Regional.

Planes Generales de actuación sobre el Empleo.

Planes Generales de actuación sobre el Desarrollo Empresarial e Industrial.

Planes Generales de actuación social y sanitaria.

Planes Generales de Formación Profesional.

Cualquier otro instrumento de planificación socioeconómica que por su relevancia sea necesario someter a concertación social.

Asimismo, los Agentes Sociales definidos en esta Ley, habrán de ser oídos en los procedimientos de modificación normativa que regule los Órganos de Participación actualmente vigentes.