Ley 4/2003 · Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears.
Ley 4/2003 ст. 37
CAPÍTULO IV
Artículo 37. Protocolo de emergencia.
Cada museo debe contar con un protocolo de emergencia, en el cual se especifiquen las responsabilidades y funciones de todo el personal del centro, y se dispongan las acciones a emprender en casos de emergencia. Este protocolo debe actualizarse cada dos años.