Ley 10/1982 · Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
Ley 10/1982 ст. 20
CAPÍTULO SEGUNDO
Artículo 20.
1. El Gobierno, a fin de hacer efectivo el derecho a la enseñanza en euskera, establecerá los medios tendentes a una progresiva euskaldunización del profesorado.
2. Asimismo, determinará las plazas o unidades docentes para las que será preceptivo el conocimiento del euskera, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 15 y 16 de la presente Ley.