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Decreto Legislativo 1/2011 · Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Decreto Legislativo 1/2011 Art. 195

TÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 195. Contenido y forma de los capítulos.

1. Los capítulos matrimoniales podrán contener cualesquiera estipulaciones relativas al régimen familiar y sucesorio de los contrayentes y de quienes con ellos concurran al otorgamiento, sin más límites que los del principio standum est chartae.

2. Los capítulos matrimoniales y sus modificaciones requieren, para su validez, el otorgamiento en escritura pública.