Orden de 21 de diciembre de 1999 que ordena la actividad pes Art. 18
Artículo 18. Pesquería de gallineta, raya y locha.
Las posibilidades de pesca anuales asignadas a España para la captura de gallineta, raya y locha se repartirán entre las empresas propietarias de los buques habituales en la pesquería recogidos en los Anexos V, VI, VII y VIIII.
Änderungsgeschichte
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