Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Orden 241/2001 · Orden 241/2001, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada.

Orden 241/2001 Art. 7

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 7.

El Consejo Rector, órgano colegiado superior al que corresponde la alta dirección del Patronato, tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: un oficial general designado por el Almirante Jefe de Personal, pudiendo dicha designación recaer en el Presidente del Patronato.

b) Vocales:

El Presidente del Patronato, si no ha sido designado para presidir el Consejo.

El Vicepresidente del Patronato.

El Director de Asistencia al Personal de la Armada.

El Tesorero del Patronato.

El Asesor Jurídico del Patronato.

Un asociado oficial de la Armada.

Dos asociados suboficiales de la Armada.

Dos asociados militares de Tropa y Marinería de la Armada, uno con carácter permanente y otro con compromiso de larga duración.

Un asociado de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

c) Secretario: el Secretario del Patronato.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2025-08-08