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Real Decreto 174/2001 · Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

Real Decreto 174/2001 Art. 34

TÍTULO V

In KraftAmtlicher Text

Artículo 34. Recursos económicos extraordinarios.

Constituyen recursos extraordinarios de los Colegios de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales:

a) Las subvenciones, donativos o cualquier clase de ayudas que les sean concedidas por las Administraciones públicas, entidades públicas y privadas, y por los particulares.

b) Los bienes y derechos de toda clase que por herencia, donación o cualquier otro título pasen a formar parte de sus patrimonios.

c) Las cantidades que por cualquier concepto no especificado les corresponda percibir.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2004-08-09