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Decreto Legislativo 1/2002 · Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Decreto Legislativo 1/2002 Art. 123

CAPÍTULO XVIII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 123. Tarifas.

Tarifa 18.01 Ocupación temporal de parcelas de la finca El Encín:

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

1801.1 Ocupación temporal para instalación de explotaciones de flor cortada: 530,334283 euros/hectárea por año.

1801.2 Ocupación temporal para instalación de explotaciones de planta ornamental: 464,034834 euros/hectárea por año.