Ley 6/2003 Art. 35
Sección 4
Artículo 35. Exenciones.
Quedarán exentos de esta tasa los organismos, entidades y autoridades que conforman la distribución institucional en la venta de las publicaciones del Instituto Gallego de Estadística.
Sección 4
Artículo 35. Exenciones.
Quedarán exentos de esta tasa los organismos, entidades y autoridades que conforman la distribución institucional en la venta de las publicaciones del Instituto Gallego de Estadística.