Ley Foral 4/2007 · Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal.
Ley Foral 4/2007 Art. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Experimentación en materia de sanidad vegetal.
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra promoverá la experimentación en materia de sanidad vegetal, orientada principalmente a la lucha contra las plagas, que posibilite la resolución de problemas de carácter fitosanitario en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, obteniendo alternativas técnica y económicamente viables, y con pleno respeto a los principios recogidos en el artículo 19.