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Ley Foral 13/2007 · Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Ley Foral 13/2007 Art. 86

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 86. Cobros y pagos de la Administración.

1. Todos los cobros y pagos de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos se canalizarán a través de las cuentas abiertas a tal fin en el Banco de España y en las entidades financieras públicas o privadas establecidas en Navarra.

2. Previa autorización del Gobierno de Navarra, el Consejero de Economía y Hacienda podrá suscribir convenios de colaboración con las entidades financieras a que se refiere el número anterior, tendentes a determinar los tipos de cuenta a utilizar, los procesos a seguir y el control y justificación de todos los flujos de cobros y pagos que se canalicen a través de las cuentas citadas.

3. Para mejorar la gestión y el control de determinados cobros y pagos, podrá establecerse que éstos se efectúen a través de cuentas específicas abiertas a tal fin.