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Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.

Ley 2/2011 Art. 68

Sección 4

In KraftAmtlicher Text

Artículo 68. Clasificación de los alojamientos de turismo rural.

1. Los alojamientos de turismo rural se clasifican en las siguientes clases:

a) Hoteles rurales.

b) Casas rurales.

2. Reglamentariamente se podrán establecer otras clases, además de las anteriores, que en todo caso deberán reunir siempre las condiciones del artículo anterior.

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