Ley Foral 1/2011 Art. 11
CAPÍTULO III
Artículo 11. Lugar de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar en cualquiera de los registros previstos por la normativa de procedimiento administrativo, tramitándose el expediente a través del correspondiente Servicio Social de Base o Unidad de Barrio o del Departamento competente en materia de Servicios Sociales o de un Centro de Salud o Salud Mental.