Ley Foral 8/2011 Art. 15
TÍTULO II
Artículo 15. Derecho a la intimidad personal y familiar y a la confidencialidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, los pacientes ante el proceso de muerte tienen derecho a que se preserve su intimidad personal y familiar y a la protección de todos los datos relacionados con su atención sanitaria.