Ley 8/2016 Art. 19
CAPÍTULO II
Artículo 19. Campañas de prevención de enfermedades de transmisión sexual.
Se realizarán campañas de educación sexual, prevención de enfermedades de transmisión sexual, información de profilaxis y detección precoz de VIH, en atención a la incidencia del mismo en el colectivo LGBTI.