Ley 8/2017 Art. 47
CAPÍTULO I
Artículo 47. Documentos administrativos.
La Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias, deberá adoptar las medidas necesarias para que los documentos administrativos sean adecuados a la diversidad sexogenérica de las personas LGTBI y a la heterogeneidad del hecho familiar.